Reparto de Utilidades 2023: Monto máximo que puede recibir un trabajador

El monto máximo que puede recibir un trabajador por el Reparto de Utilidades dependerá de las ganancias que haya obtenido en el último año el patrón o empresa.
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Reparto de Utilidades 2023: Monto máximo que puede recibir un trabajador. Foto: iStock

El monto máximo que puede recibir un trabajador por el Reparto de Utilidades dependerá de las ganancias que haya obtenido en el último año el patrón o empresa. Conoce cuánto podrías obtener en 2023.

El Reparto de Utilidades es un derecho laboral que tienen los trabajadores en México, y consiste en una prestación que debe ser entregada por las empresas a sus empleados entre el 1 de abril y el 30 de mayo de cada año.

Sin embargo, no todos los trabajadores tienen derecho a recibir esta prestación. Por ejemplo, los empleados eventuales o que hayan trabajado menos de sesenta días en el ejercicio, así como directores, administradores, gerentes generales, socios o accionistas de la empresa, no pueden recibir esta prestación.

¿Cuánto es el monto máximo que puede recibir un trabajador por Reparto de Utilidades?

En cuanto al monto máximo que puede recibir un trabajador por el Reparto de Utilidades 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece que el empleado puede recibir hasta 3 meses de su salario o el promedio de lo que haya recibido en los tres últimos años.

Es importante señalar que el monto máximo que reparten las empresas de Utilidades varía dependiendo de las ganancias que hayan obtenido y declarado durante el año anterior. Por lo tanto, no siempre los trabajadores reciben el monto máximo establecido por el SAT.

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¿Cómo se calcula el Reparto de Utilidades?

Para calcular la cantidad que le corresponde a cada trabajador se debe considerar el sueldo que ha recibido y los días que ha trabajado. El monto a repartir se divide en dos: la primera mitad será distribuida entre los trabajadores de acuerdo a los días trabajados en el año y la segunda parte se aplicará proporcional al nivel de ingresos.

Finalmente, hay ciertas empresas que están exentas de la obligación de realizar el Reparto de Utilidades, como las empresas de nueva creación, las instituciones de asistencia privada y sin fines de lucro, las que estén inscritas en el IMSS o aquellas que tengan un capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.

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