¿Si no me devuelven el depósito de la renta, puedo tomar acciones legales?

Es común que al rentar una vivienda o local el dueño de la propiedad te solito el pago de un depósito, el cual deberá devolver al finalizar el contrato, pero, ¿qué puedo hacer si no me regresa el dinero?
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Es común que al rentar una vivienda o local el dueño de la propiedad te solito el pago de un depósito, el cual deberá devolver al finalizar el contrato, pero, ¿qué puedo hacer si no me regresa el dinero? Foto: iStock
Es común que al rentar una vivienda o local el dueño de la propiedad te solito el pago de un depósito, el cual deberá devolver al finalizar el contrato, pero, ¿qué puedo hacer si no me regresa el dinero? Foto: iStock

Es común que al rentar una vivienda o local el dueño de la propiedad te solito el pago de un depósito, el cual deberá devolver al finalizar el contrato, pero, ¿qué puedo hacer si no me regresa el dinero?

Para empezar debes de saber que existen varios motivos por los que el arrendador se niega a devolver el dinero del depósito, por ejemplo, la propiedad fue dañada, hubo incumplimiento con los pagos de la renta, etc.

De tal modo que es importante entregar la vivienda o local en buenas condiciones para que el arrendador no tenga motivos para negarse a devolver el pago del depósito.

También es necesario que que cumplas con el pago de la renta en tiempo y forma, de este mondo el dueño de la propiedad no se quedará con el depósito bajo el argumento de incumplimiento de contrato.

Por supuesto, puede pasar que aunque hayas cumplido con todos los requisitos del contrato, el arrendador se quede con el dinero del depósito.

Si pasas por alguna situación así, entonces deberás interponer una demanda por incumplimiento de contrato. Sin embargo, antes de iniciar cualquier proceso legal es necesario revisar las condiciones y términos del contrato.

El artículo 2224 del Código Civil Federal menciona lo siguiente:

Si al terminar el arrendamiento hubiere algún saldo a favor del arrendatario, el arrendador deberá devolverlo inmediatamente, a no ser que tenga derecho que ejercitar contra aquél; en este caso, depositará judicialmente el saldo referido”.

Así que el arrendador tiene la obligación de realizar la devolución inmediata, a menos que el contrato establezca algo diferente.

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