El ABC: Cómo tramitar la Fiel y la Factura Electrónica

Los contribuyentes que cobran por honorarios no necesitan certificado de sello digital para facturar, requieren el RFC y la Fiel
Economía -

CIUDAD DE MÉXICO.-  A  partir del 1 de enero de 2014 es obligatorio el uso de la Factura Electrónica para todos los contribuyentes, incluidas las personas físicas con actividades profesionales, que son las que cobran por honorarios.

Las que en el último ejercicio declarado tuvieron ingresos iguales o menores a 500 mil pesos y emitieron comprobantes impresos o CFD, podrán seguir facturando bajo estos esquemas hasta el 31 de marzo de 2014, siempre y cuando a partir del 1 de abril migren al esquema de facturación electrónica CFDI.

Indistintamente, para poder emitir facturas electrónicas, todas las personas físicas y morales, incluidas por supuesto las que cobran por honorarios, deben estar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y contar con su Firma Electrónica Avanzada (Fiel).

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