Aprovecha este mes para sacar tu testamento a menor costo

El testamento es la única forma legal, segura y eficaz para que una persona designe a los beneficiarios que a su fallecimiento serán dueños de sus bienes y propiedades.
Tu dinero -
Cuando no existe un testamento, los posibles beneficiarios tienen que tramitar la sucesión a través de un proceso judicial en el que un juez determinará quiénes son los herederos y en qué porcentaje recibirán los bienes. Foto: Flickr prupert [CC BY-NC-ND 2.0]
Cuando no existe un testamento, los posibles beneficiarios tienen que tramitar la sucesión a través de un proceso judicial en el que un juez determinará quiénes son los herederos y en qué porcentaje recibirán los bienes. Foto: Flickr prupert [CC BY-NC-ND 2.0]

CIUDAD DE MÉXICO.- No importa la cantidad de bienes, el testamento es un acto de responsabilidad con tu familia, ello porque se trata de dejar todo resuelto para evitar problemas, porque aunque creas que es un tema menor y no comenzarán las pugnas por lo bienes, sí sucederá.

El testamento es la única forma legal, segura y eficaz para que una persona designe a los beneficiarios que a su fallecimiento serán dueños de sus bienes y propiedades, convirtiéndolos así en los legítimos herederos del patrimonio, de acuerdo con el Colegio Nacional de Notariado Mexicano.

Cuando no existe un testamento, los posibles beneficiarios tienen que tramitar la sucesión a través de un proceso judicial en el que un juez determinará quiénes son los herederos y en qué porcentaje recibirán los bienes.

Este proceso lleva más tiempo y el costo se eleva si se compara con un testamento, pero además es normal que los posibles herederos no estén de acuerdo, lo que retrasará mucho más el tiempo para arreglarlo.

¿MAL AUGURIO?

Más allá del tema económico, muchas personas consideran que hacer un testamento representa un presagio de muerte, pero eso sólo es una leyenda, hacerlo significa tranquilidad para tu familia y de alguna forma garantizas la armonía a tu muerte.

A los padres, el testamento ayuda a designar a un tutor para sus hijos para que en caso de que faltarán ambos, tengan el cuidado y guarda de su persona y bienes.

El Colegio Nacional de Notariado Mexicano establece que el testamento es un acto personal, por lo que nadie puede otorgarlo a tu nombre y no podrás hacerlo si por enfermedad o accidente pierdes tus facultades mentales o conciencia.

En caso de no contar con un notario puedes comunicarte al Colegio Nacional del Notariado Mexicano para pedir información: 01 (55) 5514- 6058, 5525-6452, 5525-6415 y 5525-6254

"Es el testador, en pleno uso de su capacidad, conciencia y libertad, es quien nombra a las personas a quienes desea trasmitir sus todos bienes y derechos”, explica el organismo.

Acércate a tu notario de confianza, quien te dará asesoría gratuita sobre cada detalle del testamento. El mejor momento para realizar tu testamento es hoy”, recomienda Héctor Galeano Inclán, presidente del Colegio Nacional del Notariado Mexicano.

MES DEL TESTAMENTO

Hace más de 10 años se lleva a cabo la campaña “Septiembre, mes del testamento”, en la que los notarios reducen sus honorarios hasta 50 por ciento. Aprovecha para realizar este trámite, aquí algunos consejos del Colegio Nacional del Notariado Mexicano para que estés listo:

1. Acudir al notario público de tu elección.

Datos del testador:

a. Nombre del testador

b. Datos generales: lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, ocupación, domicilio, estado civil c. Identificación oficial y CURP

d. Nombres completos de su familia, incluidos padres, esposa e hijos

e. Discapacidad. El testador deberá informar al notario si presenta alguna discapacidad para ver, oír, hablar o firmar.

2. Herederos

El testador deberá definir a las personas que desea nombrar como sus herederos, las personas que adquieren la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones.

3. Legatarios 

En caso de querer legar algún bien específico a una persona, deberá especificar de qué bien se trata. Por ejemplo: designo legatario del terreno ubicado en (dirección completa) a mi sobrino (nombre).

4. Albaceas

El testador puede nombrar uno o más albaceas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el testamento. Únicamente se requiere designarlo por su nombre.

5. Tutores y curadores

Los padres que tengan la patria potestad sobre sus hijos menores de edad, pueden nombrar en su testamento a uno o más tutores para que a su muerte cuiden de sus hijos y sus bienes.

*DR

Tips para tus finanzas personales directo en tu correo.
Al registrarme acepto los términos y condiciones

  TAGS

Taboola
Icono de te puede interesar de en dineroenimagen

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR