¿Qué son las empresas factureras y las EDOS?

Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. -
En días recientes el SAT anunció las acciones que emprenderá contra las “Empresas Factureras”, mostró un listado de 43 empresas, que forman un primer paquete dado a conocer. Foto: Pixabay
En días recientes el SAT anunció las acciones que emprenderá contra las “Empresas Factureras”, mostró un listado de 43 empresas, que forman un primer paquete dado a conocer. Foto: Pixabay

En días recientes el SAT anunció las acciones que emprenderá contra las “Empresas Factureras”, mostró un listado de 43 empresas, que forman un primer paquete dado a conocer, y que serán sujetas de denuncias por la realización de esta actividad. 

En la presentación realizada por el SAT se puede leer:

“Una empresa facturera es aquella que emite facturas de operaciones simuladas, inexistentes o ficticias” 

“Las operaciones de compraventa pueden ser reales o simuladas:

  • Operaciones reales: corresponden a una operación de compraventa de un bien o servicio que se realizó
  • Operaciones simuladas: corresponden a una operación de compraventa de un bien o servicio que no existió pero que se “documentó”.

 

Se presentó también, un esquema del funcionamiento de las empresas factureras, en donde se señala que estas empresas “no pagan contribuciones”, “generan gastos inexistentes”, “no tienen empleados” y “generalmente no se localizan”, y por la otra parte, las empresas que compran estas facturas “aumentan sus gastos falsos para reducir el pago de contribuciones” y “paga una comisión por factura”. 

Aquellas actividades económicas en donde se tiene mayor incidencia de la compraventa de facturas, de acuerdo con el comunicado son: respecto de bienes tangibles, las actividades de comercio al por mayor y construcción; y respecto de bienes intangibles se encuentran los servicios profesionales, científicos y técnicos.

Además, se señaló que estas empresas “Comparten entre ellas 244 personas físicas (clientes) que recibieron salarios asimilados, los cuales intervienen en 2 o más empresas”. 

 

¿Cómo impacta lo anterior a las EDOS? 

Las EDOS son Empresas que Deducen Operaciones Simuladas, es decir son las empresas o personas físicas que adquieren facturas de operaciones simuladas, es decir, la compraventa de un bien o servicio que no existió pero que se documentó.

Si bien las Empresas Factureras tendrán que responder ante las autoridades fiscales y en su caso ante la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF); las EDOS que incluyeron para la determinación de sus impuestos las facturas de operaciones simuladas podrán ser sujetas de las acciones del SAT; como es conocido el SAT a través de los medios electrónicos tiene posibilidad de conocer a que contribuyentes se emitieron las facturas, es a través del CFDI que puede obtener toda la información de dichas operaciones, entre otra, cuando se emitieron, los importes, conceptos, etc. y es prácticamente sencillo cuantificar el efecto en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) e Impuesto al Valor Agregado, entre otros impuestos, que estos contribuyentes adeudan al SAT. 

El SAT en la presentación de este anuncio, señaló que exhortará a estas empresas (EDOS) a corregir su situación fiscal dentro del plazo de tres meses; y en caso de no hacerlo, intervendrá la PFF formulando querella contra los beneficiarios finales, es decir las personas físicas que recibieron el dinero en las operaciones simuladas.

Es por lo anterior que las EDOS deberán estar atentas a los comunicados que el SAT pueda realizarles sobre esta situación, y en su caso, acercarse con la autoridad fiscal para realizar la aclaración que corresponda, como puede ser, demostrar que la adquisición del bien o servicio que ampara el CFDI fue real y que efectivamente se recibió; corregir su situación fiscal; o incluso, corregirse de forma espontánea, lo cual podría evitar la imposición de una multa.

Cabe señalar que la corrección de esta situación ya sea por requerimiento del SAT o de forma espontánea, implica el pago de actualización y recargos, por el periodo correspondiente a la fecha en que se debió realizar el pago del impuesto que corresponda hasta la fecha del pago.

Adicionalmente, si la empresa que utilizó una de estas facturas para disminuir su base gravable de ISR tiene empleados, al corregir su situación fiscal e incrementar su base del ISR, seguramente verá incrementado el importe de Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (PTU) que deberá pagar a sus trabajadores, por lo cual deberá considerar también esta situación.

 

 

Aclaración:
El contenido mostrado es responsabilidad del autor y refleja su punto de vista.
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