Amargos inicios de año: Trabajadores que se quedarán sin utilidades en 2024

El comienzo del 2024 trae consigo una noticia poco alentadora para ciertos sectores de trabajadores en México: el pago de utilidades.
Amargos inicios de año: Trabajadores que se quedarán sin utilidades en 2024. Foto: iStock.
Amargos inicios de año: Trabajadores que se quedarán sin utilidades en 2024. Foto: iStock.

El comienzo del 2024 trae consigo una noticia poco alentadora para ciertos sectores de trabajadores en México: el pago de utilidades.

A pesar de ser una época en la que muchos esperan con entusiasmo el reparto de utilidades, un grupo significativo de empleados no recibirá este beneficio debido a diversas razones establecidas por la ley.

¿Qué son las utilidades?

Son el derecho de los trabajadores a recibir una parte de la ganancia de la empresa o patrón por los servicios o actividad productiva que ofrece en el mercado.

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Desde 1985, el monto fijado es del 10% de la utilidad anual de la empresa del año fiscal anterior, es decir, en 2024 se repartirá la utilidad de 2023.

¿Cuando no se dan utilidades? Trabajadores exlcuidos

La normativa laboral mexicana, específicamente en lo que respecta al reparto de utilidades, excluye a ciertos grupos de trabajadores:

  1. Directores, Administradores y Gerentes Generales: Por la naturaleza de sus cargos y su remuneración fija, no son elegibles para recibir utilidades.
  2. Profesionistas, Artesanos, Técnicos: Dado que sus ingresos provienen de honorarios y no de un salario, están excluidos de este beneficio.
  3. Trabajadores Domésticos: Aunque asalariados, no forman parte de los beneficiarios de las utilidades.
  4. Trabajadores con Relación de Trabajo No Subordinado: Quienes prestan servicios bajo esta modalidad también están excluidos.

Excepciones para patrones

No todas las empresas están obligadas a realizar el reparto de utilidades.

Según el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), las empresas de nueva creación, aquellas en la industria extractiva en periodo de exploración, instituciones de asistencia privada sin fines de lucro, el IMSS y otras instituciones públicas con fines culturales o benéficos, están exentas.

Asimismo, empresas con un capital menor al establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social no están obligadas a repartir utilidades.

Plazos y requisitos para el pago de utilidades

Los empleados deben estar atentos a los plazos establecidos para el pago de utilidades:

  • Para personas morales, el periodo va del 1 de abril al 30 de mayo.
  • Si el patrón es persona física, el reparto se realiza entre el 1 de mayo y el 29 de junio.

¿Cómo saber si me toca utilidades 2024?

  • Los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días en una empresa con más de un año de funcionamiento son elegibles.
  • Aquellos en empresas con ingresos anuales superiores a 300 mil pesos, según su declaración al ISR, tienen derecho a utilidades.

En caso de incumplimiento en el pago de utilidades, los trabajadores tienen un plazo de un año para presentar reclamaciones, incluso si ya no forman parte de la empresa.

Pueden dirigirse a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o presentar denuncias a través del correo electrónico inspeccionfederal@stps.gob.mx.

Cuánto se paga de impuestos por el Reparto de Utilidades 2024 

El trabajador que recibirá el Reparto de Utilidades 2024 ya está exento de pagar impuestos porque de acuerdo al Servicio de Administración Tributaria (SAT) dicho beneficio está topa hasta los 18 mil pesos por la reforma a la subcontratación.  

Con esto, se le da seguridad jurídica tanto a los empleados como al empresario de que se recibirán completos su Reparto de Utilidades.

Cabe destacar que solo en caso exclusivo que la cantidad del Reparto de Utilidades exceda el equivalente a 15 días de salario mínimo, se tendrán que pagar impuestos.  

De acuerdo con la página del Gobierno de México, el artículo 130 de la Ley Federal del Trabajo establece que “Las cantidades que correspondan a los trabajadores por concepto de utilidades, quedan protegidas por las normas contenidas en los artículos 98 y siguientes”. 

Lo anterior en pocas palabras nos dice que los trabajadores podrán disponer libremente de las cantidades que le corresponden en su Reparto de Utilidades, sin la necesidad de pagar impuestos, siempre y cuando sea menos a los 15 días de salario mínimo mencionado anteriormente. 

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