CIUDAD DE MÉXICO.- A partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, este martes 12 de enero entrará en vigor la nueva ley de teletrabajo, para regular el trabajo desde casa o home office.
Con esto, los patrones deben cumplir con obligaciones como entregar contratos por escrito, y también, brindar todas las herramientas para que el trabajador pueda laborar desde casa.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, contará con 18 meses, desde la entrada en vigor de la ley, para publicar la Norma Oficial Mexicana, que indique las obligaciones de seguridad y salud para el teletrabajo.
En este caso, la NOM debe considerar factores ergonómicos, psicosociales y otros riesgos que afecten la vida, integridad física y salud de los trabajadores que laboran desde casa.
¿Qué obligaciones tienen los patrones?
- Respetar el derecho a la desconexión al término de la jornada laboral.
- Los empleados deben estar inscritos en un régimen de seguridad social.
- Todo debe constar por escrito mediante un contrato que ambas partes conserven.
- El home office ya formará parte del contrato colectivo de trabajo. En el caso de que exista sindicato, estos también deberán tener una copia.
- Si no se cuenta con contrato colectivo, el teletrabajo se debe incluir en el reglamento interior de la empresa, para establecer mecanismos que garanticen vinculación y contacto entre las personas que trabajan bajo la misma modalidad.
- Los patrones están obligados a promover el equilibrio en la relación laboral de las personas que trabajan a distancia, como gozar de trabajo digno, igualdad de trato, remuneración, capacitación, seguridad social y mejores oportunidades.
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Jbf