CIUDAD DE MÉXICO.- El home office o teletrabajo está en proceso de regulación en México; la Cámara de Diputados aprobó reformas al respecto, pero ¿sabes a quiénes se les considera empleados de teletrabajo en México y a quiénes no?
Para poder aprobar esta reforma y que la empresa o empleador pague servicios de telecomunicaciones y electricidad, el dictamen determinó cuáles son los trabajadores a distancia que pueden considerarse en el rubro de teletrabajo o home office, esto dice el documento:
Se considera teletrabajo
Una forma de “organización laboral subordinada… consiste en el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón”.
Que el 40% del cumplimiento laboral sea fuera del centro de trabajo.
Se utilizan tecnologías de la información y comunicación para desempeñar labores y comunicación.
Se consideran las condiciones generales señaladas en el artículo 25 de la Ley Federal de Trabajo... esto garantiza que no existan diferencias en los derechos laborales entre empleo en oficina y el realizado desde casa.
No se considera teletrabajo
A quien realice de manera ocasional o esporádica actividades relacionadas con la empresa, esto se hará constar por escrito en las condiciones de trabajo mediante el contrato firmado con el empleador.
Por consiguiente, menos de 40% del trabajo se haga fuera del centro de trabajo.
Los anteriores cambios y adiciones están establecidos en la Ley Federal de Trabajo en el artículo 311, donde también se instaura derecho a la intimidad, en las que se acotan las circunstancias para utilizar cámaras de video y micrófonos, así como derecho a la desconexión después de las horas de trabajo establecidas.
En el dictamen también se toman en cuenta datos de la CEPAL y la UNAM respecto a la actividad laboral que se ha realizado desde casa en 2020 y sus consecuencias, para leer el resumen de esta reforma por la Cámara de Diputados, puedes entrar aquí.
También te recomendamos conocer la norma que establece que los patrones y empresas deben cuidar de estrés laboral a los empleados, NOM 035.
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