Empresas de tecnología financiera en advertencia por la CNBV

CNBV busca regular la inclusión financiera y mejorar las condiciones de competencia del sistema financiero en México.
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CNBV busca regular la inclusión financiera y mejorar las condiciones de competencia del sistema financiero en México. Foto: Pixabay
CNBV busca regular la inclusión financiera y mejorar las condiciones de competencia del sistema financiero en México. Foto: Pixabay

CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) recordó que las empresas de tecnología financiera tienen hasta el 25 de septiembre para obtener su autorización para operar y convertirse en instituciones reguladas. Las Fintech que no cumplan en este plazo serán sujetas de sanciones.

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“El plazo vence el 25 de septiembre de 2019. De lo contrario, estarían actuando en contravención de la Ley y podrían ser sujetos a sanciones administrativas y penales, con independencia de que la CNBV, podría ordenar el cierre de sus operaciones”, precisó en un comunicado.

Con la finalidad de incrementar el nivel de inclusión financiera y mejorar las condiciones de competencia del sistema financiero en México, en marzo de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech).

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El órgano regulador detalló que cualquier persona que realice o pretenda realizar actividades de financiamiento colectivo a través de plataformas digitales o establecer fondos de pago electrónico deben contar con la autorización de la CNBV.

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Detalló que las instituciones de financiamiento colectivo buscan en contacto a personas del público en general, con el fin de que entre ellas se otorguen financiamientos mediante operaciones de deuda, que son préstamos, créditos o mutuos o cualquier otro financiamiento causante de un pasivo directo o contingente; capital, que son financiamientos mediante los cuales se adquieren títulos representativos del capital social de personas morales, o copropiedad o regalías, que es el otorgamiento de financiamiento por el cual se convenga la adquisición de una parte alícuota o participación de un bien presente o futuro, o en los ingresos, utilidades, regalías o pérdidas que se obtengan de la realización de una o más actividades o de un proyecto.

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En tanto, una Institución de fondos de pago electrónico se dedica a prestar al público los servicios de emisión, administración, redención y transmisión de fondos de pago electrónico; es decir, aquellos fondos que estén contabilizados en un registro electrónico de cuentas transaccionales, y que queden referidos a un valor equivalente a una cantidad determinada de dinero.

Que sean emitidos contra la recepción de dicha cantidad de dinero con el propósito de abonar, transferir o retirar los fondos, total o parcialmente; correspondan a una obligación de pago a cargo de su emisor por la cantidad de dinero que haya sido entregada para su emisión, y sean aceptados por un tercero

 

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