Mexicanos viudos: ¿Pueden heredar la pensión de su cónyuge?

Te casaste o viviste en concubinato con tu pareja y ésta falleció, aquí te decimos qué es la pensión por viudez, cómo puedes reclamar, cuáles son los requisitos con los que debió cumplir el afiliado, entre otros detalles
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Manos sostienen billetes mexicanos
Mexicanos viudos: ¿Pueden heredar la pensión de su cónyuge? Foto: iStock

Te casaste o viviste en concubinato con tu pareja y ésta falleció, aquí te decimos qué es la pensión por viudez, cómo puedes reclamar, cuáles son los requisitos con los que debió cumplir el afiliado, entre otros detalles. 

Qué es la pensión por viudez 

Miguel Ángel Silva, integrante de la Comisión Técnica de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México, explicó que la pensión por viudez es un derecho que tienen los beneficiarios que están reconocidos así ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). 

Cabe destacar que la pensión no se puede heredar, pero existe la “Pensión de viudez”, que se otorga a a la esposa, esposo,  concubina o concubinario, de la persona asegurada fallecida

Una vez que el titular fallece, los beneficiarios (cónyuge, hijos o dependientes económicos) pueden acceder al cobro de la pensión, así lo establece la ley”, dijo Miguel Ángel Silva a Dinero en Imagen. 

Logotipo del IMSS color dorado

Foto: Cuartoscuro 

Cómo reclamarla 

Según el IMSS, en caso de no haber esposa o esposo, la pensión por viudez la puede reclamar la mujer u hombre con que el asegurado o asegurada haya vivido durante los últimos 5 años previos a su muerte o con quien tuvo hijos.

Ahora bien, para reclamar la pensión por viudez se tiene que acudir a la clínica del IMSS donde el asegurado o asegurada haya estado dado de alta para hacer todo el trámite. 

Es necesario presentar documentos que acrediten el vínculo matrimonial, o bien, que vivieron durante los últimos 5 años haciendo vida en común, que tuvieron hijos”, explicó el experto. 

También es necesario exhibir algunos documentos, tales como acta de matrimonio, acta de defunción, acta de nacimiento de los hijos, comprobante de domicilio. 

Otro requisito que piden es que al momento de la muerte, el o la asegurada haya tenido un mínimo de 150 semanas de cotización y que esté vigente en sus derechos. 

En caso de que el o la asegurada haya fallecido por riesgos de trabajo, entonces no es necesario el periodo de cotización”, indica. 

Miguel Ángel explica que si no se tiene este número mínimo de semanas de cotización, el o la viuda puede acceder a los recursos que están en la cuenta individual.  

Es importante mencionar que para reclamar la pensión por viudez se tiene que presentar una solicitud formal por escrito ante la Dirección de Prestaciones Económicas y en Especie. 

Miguel Ángel Silva señala que si el asegurado o asegurada tuvo varias parejas, entonces, a ninguno se le entregará la pensión. 

¿Los concubinos pueden solicitarla?

Sí, no necesariamente tiene que existir un vínculo matrimonial. El experto menciona que los concubinos también pueden reclamar la pensión por viudez. 

Para que un concubino o concubina pueda reclamar la pensión por viudez será necesario que el o la asegurada lo haya dado de alta ante el IMSS, de lo contrario no se podrá acceder a este derecho. 

Si el o la asegurada tienen dado de alta a su pareja (concubino) ante el IMSS sí podrá reclamar la pensión por viudez, aunque se hayan separado”. indica Miguel Ángel Silva. 

Adultos mayores sostienen un paraguas mientras caminan

Foto: Cuartoscuro 

¿El ISSSTE también otorga pensión por viudez?

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)  también proporciona pensión por viudez. 

Si el o la asegurada estaba dada de alta ante el ISSSTE, el o la viuda si puede reclamar la pensión por viudez, el procedimiento es similar al del IMSS. 

Cuándo se pierde la pensión por viudez del ISSSTE 

De acuerdo con el experto, la pensión por viudez, tanto del ISSSTE como del IMSS, se pierde cuando el beneficiario que está cobrando se vuelve a casar o hace vida en común con alguien más. Aquí te decimos cómo recuperar semanas cotizadas

No existe la posibilidad de que un viudo o viuda se pueda volver a casar y conservar la pensión por viudez. En términos de la ley actual no se puede cobrar una pensión por viudez cuando se contrae nupcias de nuevo”, señaló. 

Qué hacer si el IMSS o ISSSTE me niegan la pensión 

Finalmente, el experto explicó que si cumplen con todos los requisitos pero el IMSS o ISSSTE te niegan la pensión por viudez se debe interponer un juicio. 

Habría que ver en qué sentido está la negativa de pensión para entonces cambiar el medio para reclamar ese derecho. Mucho dependerá del por qué se está negando la pensión”. 

 

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