Colegio de Contadores Públicos de México A.C.

Colegio de Contadores Públicos de México A.C.

Colegio de Contadores Públicos de México A.C.

13 Dic, 2010

Comprobantes fiscales digitales

En la actualidad, el uso de los medios electrónicos es imperativo para el desarrollo de las actividades productivas del país y de la economía global, es por ello que desde hace varios años en la legislación mexicana se han incorporado diversas disposiciones para regular el comercio electrónico o e-commerce, tanto en materia civil, mercantil, penal, de protección al consumidor e incluso fiscal.

En principio la incorporación de los medios electrónicos a la Legislación Mexicana fue para regular operaciones en materia de comercio electrónico, regulando los derechos y obligaciones para los comerciantes en las Leyes y Códigos antes citados; sin embargo, su impacto es tan importante que otras ramas del derecho se están viendo influidas, tal es el caso de los comprobantes fiscales digitales en materia fiscal, e incluso, los juicios en línea en materia penal. En este sentido, nuestro sistema fiscal, precursor en el uso de medios electrónicos para el cumplimiento de las disposiciones fiscales, ha puesto en marcha diversas herramientas electrónicas para poder emitir los comprobantes fiscales digitales, que serán obligatorios desde el 1 de enero de 2011.

A continuación se señalan los principales aspectos que usted debe conocer para efecto de identificar cuál será la manera en que emitirá sus comprobantes fiscales digitales (facturas, recibos de honorarios, notas de crédito, notas de débito, cartas porte, entre otros) en 2010 y 2011, considerando las reglas de carácter general que dio a conocer el Servicio de Administración Tributaria (SAT) el 14 de septiembre de 2010:

Esquema 2010:

Puede emitir comprobantes fiscales digitales bajo el esquema "CFD" con las siguientes alternativas:

1. Propios medios.

2. Con un proveedor de servicios.

Recuerde que hasta el ejercicio 2010, emitir comprobantes fiscales digitales es una opción.

Puede emitir comprobantes fiscales impresos por impresor autorizado "simultáneamente" con comprobantes fiscales digitales sólo si se dictaminó por un Contador Público Registrado por el ejercicio 2009, debiendo informar al SAT los folios emitidos en los dos esquemas a través del reporte mensual.

Esquema 2011:

La emisión de comprobantes fiscales será bajo el esquema: Comprobante fiscal por internet "CFDI", en el cual un proveedor de servicios de certificación será el que se encargará de validar, asignar folio y sello digital a los comprobantes fiscales. Este esquema es obligatorio para todos aquellos contribuyentes que en el año 2010 hayan tenido ingresos iguales o superiores a 4 millones de pesos, o bien, habiendo iniciando actividades, estimen que sus ingresos serán superiores a dicha cifra.

En caso de que tenga comprobantes fiscales impresos por impresor autorizado cuya vigencia no haya vencido, recuerde que son dos años a partir de la fecha de expedición, se pueden seguir utilizando hasta en tanto se encuentren vigentes, o bien, se agoten.

Los contribuyentes que al 31 de diciembre optaron por emitir "CFD" con un proveedor de servicios están obligados a migrar al esquema de "CFDI", teniendo el primer semestre del año para ello.

Los contribuyentes que al 31 de diciembre optaron por emitir "CFD" en el esquema "por sus propios medios, pueden continuar aplicándolo en 2011.

Los comprobantes que se emitan por un monto que no exceda dos mil pesos deben expedirse incorporando un código de barras bidimensional, teniendo el periodo de enero a marzo de 2011 para efecto de su implementación, es decir, en éste periodo pueden emitir comprobantes sin importar el monto que amparen o bien el monto de los ingresos que se describe a continuación.

Los contribuyentes que en el ejercicio 2010 hayan tenido ingresos iguales o inferiores a cuatro millones de pesos, o cuando inicien actividades estimen que sus ingresos serán iguales o inferiores a dicha cantidad, pueden expedir comprobantes fiscales impresos con código de barras bidimensional.

Como se puede apreciar, es imperativo identificar cuál de los esquemas de emisión de comprobantes fiscales le es aplicable para efecto de que los pueda continuar emitiendo sin que esto represente una limitante para continuar con sus operaciones de negocios y, a la vez, cumplir cabalmente con las disposiciones fiscales con objeto de evitar sanciones administrativas por no emitir comprobantes fiscales en los términos de las disposiciones conducentes.

*Presidente de la Comisión de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México

relacionespublicas@colegiocpmexico.org.mx

Aclaración:
El contenido mostrado es responsabilidad del autor y refleja su punto de vista.