Colegio de Contadores Públicos de México A.C.

Colegio de Contadores Públicos de México A.C.

Colegio de Contadores Públicos de México A.C.

4 Feb, 2013

Propiedades, planta y equipo

Por décadas en México el tratamiento contable de las propiedades, planta y equipo, mejor conocidos como activos fijos, se ha basado en prácticas que no están de acuerdo con la normatividad contable y más bien con las disposiciones fiscales, principalmente en lo referente a la vida útil de los activos y su valor residual.

El Boletín C-6, aplicable a periodos contables iniciados a partir del primero de julio de 1974 de la Comisión de Principios de Contabilidad del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, contenía la siguiente definición:

“La depreciación es un procedimiento de contabilidad que tiene como fin distribuir, de una manera sistemática y razonable, el costo de los activos fijos tangibles, menos su valor de desecho (si lo tienen), entre la vida útil estimada de la unidad…”.

Esta definición está en línea con lo que establece el postulado de “Asociación de Costos y Gastos con Ingresos”, de la NIF A-2, que es el fundamento para el reconocimiento de una partida en resultados, cuando establece:

“Los costos y gastos de una entidad deben identificarse con el ingreso que generen en el mismo periodo, independientemente de la fecha en que se realicen”.

La asociación de costos y gastos con ingresos se realiza distribuyendo en forma sistemática y racional los costos y gastos relacionados con la generación de ingresos en distintos periodos contables.

Los costos y gastos que se reconocen en el estado de resultados del periodo actual incluyen los que se derivan de un activo reconocido en el balance general en periodos anteriores que contribuyen a la generación de beneficios económicos en el periodo actual (por ejemplo, la depreciación de un activo fijo).

La NIF B-3 establece que el estado de resultados integral debe mostrar la información relativa a las operaciones de una entidad lucrativa en un periodo contable, mediante un adecuado enfrentamiento de los ingresos con los costos y gastos relativos devengados en el periodo para determinar la utilidad o pérdida neta, así como el resultado integral del periodo que forma parte del capital ganado de dichas entidades.

Considerando lo anterior, es conveniente recordar que la vida útil de un activo fijo es el periodo durante el cual se espera que esté disponible para su uso y pueda generar ingresos para la entidad o el lapso en el que se espera obtener del activo cierto número de unidades de producción o similares. Asimismo, el valor de desecho (o residual) es el monto neto en efectivo o equivalentes que se podría obtener actualmente por la disposición de un componente:

Como si el activo ya hubiera alcanzado la antigüedad y demás condiciones esperadas al término de su vida útil.

Después de deducir los costos derivados de su enajenación o intercambio.

Como mencioné al principio, muchas compañías han calculado la depreciación con base en los artículos 40 y 41 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, los cuales en muchos casos no coinciden con la vida útil de los activos. Por ejemplo:

Construcciones – 5%.

Mobiliario y equipo de oficina – 10%.

Aviones – 10%.

Automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones y similares – 25%.

Maquinaria y equipo (para actividades no especificadas) – 10%.

La estimación de la vida útil de un componente es una cuestión de criterio basada en la experiencia con activos similares y puede ser inferior a su vida económica. La mayor parte de los activos tiene un valor residual; sin embargo, ya que la ley no contempla valores residuales, se han ignorado éstos para determinar la depreciación que se reconoce en resultados periódicamente.

La NIF C-6, promulgada en 2011, estableció la separación de los componentes cuyo costo sea importante en relación con el de adquisición de una partida y que usualmente tienen una vida útil claramente distinta del resto de las partes que la integran para depreciarlos por separado. Aunque esta disposición no estaba en la norma anterior, algunas compañías como las de aviación ya habían aplicado esta práctica desde hace mucho tiempo; sin embargo, a partir de 2011 es obligatoria para todo tipo de empresas.

El Boletín C-9, aplicable a ejercicios iniciados a partir del primero de enero de 2003, estableció la obligación de reconocer una provisión para el retiro de activos fijos cuando:

 Exista una obligación presente, resultante de un evento pasado a cargo de la entidad.

 Sea probable que se presente la salida de recursos económicos para liquidar dicha obligación.

 La obligación pueda estimarse razonablemente.

La estimación del costo al momento del retiro originará, desde la adquisición o construcción, el reconocimiento de una provisión, incrementando el costo del activo.

En 2004, el Boletín C-15 requirió el reconocimiento del deterioro en el valor de los activos de larga duración (como los activos fijos) y cuando exista un deterioro será necesario restarlo del costo original del activo menos su depreciación, para calcular la depreciación aplicable a los resultados del ejercicio.

La NIF C-18, aplicable para ejercicios iniciados a partir del primero de enero de 2011, se emitió para completar las normas que identifican la metodología para el reconocimiento de las provisiones basadas en la mejor estimación del desembolso necesario para liquidar la obligación presente y, por ende, las bases inherentes al reconocimiento posterior que le atañen.

Debe reconocerse inicialmente una provisión de una obligación asociada con el retiro de componentes de activo fijo con la mejor estimación del desembolso necesario para liquidar la obligación presente en el momento que se contrae si puede determinarse una estimación confiable, utilizando la técnica de valor presente esperado.

El costo capitalizado asociado con el retiro del componente debe asignarse posteriormente a resultados utilizando un método de depreciación sistemático y razonable durante la vida útil del componente.

Estos y otros temas relacionados se tratarán en la plática “Aspectos Generalmente Ignorados Relativos a los Activos Fijos” el 12 de febrero en el Colegio de Contadores Públicos de México.
www.ccpm.org.mx

Este artículo refleja la opinión del autor y no necesariamente del colegio.
*Integrante de la Comisión de Investigación de Información Contable del Colegio de Contadores Públicos de México
relacionespublicas@colegiocpmexico.org.mx

Aclaración:
El contenido mostrado es responsabilidad del autor y refleja su punto de vista.