¿Qué pasa con la e-contabilidad si soy freelance?

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Si trabajas bajo el régimen de actividad profesional no estás obligado a la e-contabilidad siempre y cuando utilices la herramienta del SAT
Si trabajas bajo el régimen de actividad profesional no estás obligado a la e-contabilidad siempre y cuando utilices la herramienta del SAT "MIS CUENTAS". Foto: Photos.com

CIUDAD DE MÉXICO.-A partir de este año las personas físicas y morales con ingresos acumulables superiores a cuatro millones de pesos en el ejercicio 2013 deberán enviar la contabilidad electrónica.

Esto se refiere a la obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Personas morales y físicas con ingresos acumulables en 2013 menores a cuatro millones de pesos deberán enviar su información a partir de enero de 2016, así como las empresas con fines no lucrativos y aquellas constituidas en 2014 o 2015.

Si quieres saber más sobre la contabilidad electrónica entra aquí.

Las personas físicas con ingresos por salarios no están obligadas a presentar este tipo de contabilidad y quienes trabajan por honorarios tampoco, pero estos últimos contribuyentes tienen una condición.

Si trabajas bajo el régimen de actividad profesional no estás obligado a la e-contabilidad siempre y cuando utilices la herramienta del SAT "MIS CUENTAS". Lo mismo aplica para quienes tributen bajo el régimen de arrendamiento y de incorporación fiscal.

De acuerdo con José Manuel Velderrain Sáenz, socio director del despacho Velderrain Sáenz y Asociados, la e-contabilidad representa  una nueva carga administrativa para los contribuyentes pero que pueden evitar aquellos a los que se les da la opción de llevar un control mediante "MIS CUENTAS".

¿Qué es "MIS CUENTAS"?

La herramienta la puedes encontrar en la página del SAT y en ella puedes llevar un registro de los gastos e ingresos que declararás como contribuyente, generar facturas electrónicas a tus clientes y consultar las que recibas de tus proveedores.

Para generar una factura debes seleccionar Factura fácil. En seguida debes capturar tu RFC y contraseña y seleccionar la opción Generar factura e indicar en 'Ingreso por', el régimen en el que estás inscrito.

El siguiente paso es elegir el tipo de comprobante que vas a emitir y capturar el RFC de tu cliente. La herramienta te permite guardar los datos de varios clientes, para que sólo tengas que capturar su RFC una vez.
 
Después debes escribir una breve descripción de la operación que estás cobrando para que la factura tenga el detalle de la transacción realizada. Captura el monto de tu venta y, si es procedente algún impuesto; el sistema sumará los montos de manera automática. Ahora sólo debes seleccionar Registro y tendrás lista tu factura.
 
*DR

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