El ABC: ¿Qué onda con la declaración anual para personas físicas?

Este 30 de abril vence el plazo para que las personas físicas presenten su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ¿tú ya estás listo?
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CIUDAD DE MÉXICO.- Este 30 de abril vence el plazo para que las personas físicas presenten su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ¿tú ya estás listo?

Además del archivo que has armado con recibos, facturas y demás documentos que te servirán para presentarla, este año hay algo que no se te puede escapar, pues es el primer ejercicio para el que aplicarán los cambios generados a partir de la aprobación de la Reforma Fiscal.

Aunque se habló mucho durante el año pasado sobre éstos y las consecuencias que tendrán al cumplir con esta obligación, es importante recordarlas para que no te agarren mal parado.

La parte electrónica es uno de los grandes cambios, aunque no se dio de golpe, la migración a la factura electrónica se estaba gestando ya de un tiempo atrás, pero quizá la reforma le dio un empujón.

Y es que hoy, a raíz de estos cambios, las deducciones sólo pueden realizarse si se efectuaron vía una transferencia electrónica, se pagó con un cheque o se utilizó la tarjeta de crédito o débito, los pagos en efectivo pueden realizarse, pero no podrán ser deducibles, ese es un cambio que debes considerar.

 

Cambios

Hablando de deducciones, antes de los cambios constitucionales podías deducir todo, desde los seguros de vida, los gastos funerarios, además de algunos rubros de ahorro para el retiro, hoy ya no es así, hay un límite de deducción.

La deducción del ahorro para el retiro fue un tema muy debatido, los especialistas y Afores, argumentaban que de por sí el ahorro obligatorio es insuficiente para una pensión, ahora también se quitaba el incentivo al ahorro voluntario al topar las deducciones.

Una frase que ejemplificaba el tope de las deducciones fue que “ahora tendrías que elegir entre enfermarte o ahorrar para tu retiro, porque los dos ya no eran posibles”.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) estableció que topar las deducciones resulta regresivo para los pagadores de impuestos más vulnerables y que son lo que menos tienen.

Diana Bernal Ladrón de Guevara, titular del organismo, comentó que las deducciones de las personas físicas son un mecanismo de aminoración del impuesto que tiene como intención reconocer que los individuos destinan una cierta cantidad de sus recursos a la satisfacción de necesidades básicas.

 

Obligaciones

Por ello la Prodecon ha invitado a quienes están en esta situación a que la contacten antes de la declaración anual para que los asesore y, en su caso, presentar un amparo por el tope de deducciones.

De cualquier manera debes tener en cuenta que ello no te exime de presentar esta obligación ante el órgano fiscal, por lo que aquí te presentamos un paso a paso de lo que debes saber y hacer antes de que te gane el tiempo.

*livm

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