Alicia Salgado

Cuenta corriente

Alicia Salgado

11 May, 2018

¿Y si la separación funcional de Telmex no conduce a nada?

Llamó la atención en el voto particular que ayer que emitió el comisionado Adolfo Cuevas del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), sobre la decisión que adoptó el Pleno por mayoría de votos para determinar la separación funcional de Telmex y Telnor, porque, en primer lugar, prueba que Cuevas nunca ha perdido la objetividad ni ha sido el “comisionado Televisa” como señalaban algunas “firmas funcionales”.

Él votó en contra de la decisión emitida el 27 de febrero de este año con argumentos interesantes y sólidos. Yo comenté cuándo iba a ocurrir y ocurrió la medida y cómo se tomaba una decisión de ir hasta “el extremo de ordenar la separación de una empresa, por agente económico preponderante de que se trate, si ni siquiera se conocía un informe que diera a conocer el resultado que habían tenido a las medidas fijas y de desagregación impuestas a Telmex de Héctor Slim, en marzo del 2014”.

Un poco lo mismo le pasa a Televisa de Azcárraga. Las medidas de preponderancia impuestas no necesariamente han generado mejores contenidos o distribución de señales abiertas, al contrario, ha bajado la generación de contenidos complejos y trasladado el negocio a plataformas on line, en un sistema global donde la convergencia de tecnologías, carreteras digitales y puertos de salida marcan la regulación; no necesariamente la partición de empresas o el mantener servicios gratuitos.

En el mundo se discute la neutralidad de la red y en Gran Bretaña se decidió una medida similar, pero en México, el mercado de telefonía fija y de penetración de banda ancha, ligados a Telmex-Telnor, carecen de competencia porque el mercado de cable se ha expandido exponencialmente.

El problema de la desagregación del bucle local ha sido una constante de queja de competidores fijos y móviles, más por la falta de supervisión y sanción sobre los incumplimientos del AEP, amén de que el mercado de llamadas de voz sobre par de cobre, se ha ido reduciendo como en el mundo para ser sustituido por el de llamadas sobre IP.

Ésa es mi opinión. La aseveración de Cuevas de que la decisión del Pleno no estuvo legalmente bien fundada es impecable. Sobre la lectura del voto particular de Cuevas me parece el mejor argumento, lo peor, terminará como en otras ocasiones en un “se los dije…”.

Telmex y Telnor han argumentado y documentando su cumplimiento y, aunque la figura de amparo en telecomunicaciones no suspende la decisión del pleno, la separación se tiene que efectuar, así como la quiebra de la empresa separada, muy advertida por el operador.

Cuevas señala: “Desde la ‘Resolución de Preponderancia’ de 2014 el IFT dictó entre las medidas asimétricas, 28 para servicios fijos de telecomunicaciones y 15 para permitir la desagregación efectiva, que corresponden a las relacionadas con la no discriminación, lo que da un total de 43 de estas medidas contra la discriminación. No obstante, para 2017, cuando se dicta la Separación Funcional, así como el nuevo conjunto de medidas para lograr el mismo objetivo, el IFT no había llevado a cabo una debida y completa supervisión y verificación al cumplimiento de las medidas que constatara, en su caso, que el Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones (AEPT) hubiera incumplido una cualquiera de dichas 43 medidas, incurriendo así en conductas discriminatorias en la prestación de los servicios”.

Añade: “Para 2017 cuando se ordena la Separación Funcional en la ‘Resolución Bienal’ e, incluso, en 2018, al emitirse en Plan Final de Implementación, no existía evidencia en el IFT de que el AEPT hubiera incumplido una sola de las 43 medidas contra la discriminación dictadas por el propio IFT desde 2014, mediante una sola sanción impuesta por tal motivo o siquiera el inicio de un procedimiento para tal fin; no obstante lo cual, se esgrime por el IFT la no discriminación como la razón central de la Separación Funcional”.

Se ha determinado un periodo de dos años para implementar en definitiva la separación de la infraestructura pasiva que tiene que ver con el ofrecimiento del servicio al público, pero quizá, el mismo IFT y su administración (más que el pleno) estén en condiciones de revisar qué funcionó y qué no con todas las medidas anteriores, antes de que se enfrenten a un problema de reparación de daño y se endose al Estado con consecuencias indeseables. Para entonces, el Pleno actual habrá cambiado la mitad de su composición. Les dejo la liga para la lectura del sábado: https://twitter.com/cuevas_adolfo/status/994651846018060288?s=12.

Por cierto, ayer la Federal Communications Commission informó que las reglas de neutralidad de la red emitidas por la agencia en 2015 dejarán de ser vigentes el 11 de junio de este año, estamos a un mes y, por ende, habrá un cambio radical entre oferentes de internet y servicios de telecomunicaciones y, los generadores de contenidos o plataformas que hasta ahora no pagan un quinto por el uso de las carreteras.

Las nuevas reglas generan un mayor control sobre los llamados Over The Top y nivela el terreno sobre los operadores de telecom, al tiempo en que habrá control sobre el tipo de contenido.

La eliminación de las reglas de internet abierto de la FCC de 2015 ha generado demandas para mantener las provisiones actuales de la neutralidad de la red y mientras en el Senado de EU los demócratas han activado la Congressional Review Act, en México seguimos esperando una definición sobre el tema. Igual, con Telmex quebrado, la mirada está puesta sólo en una de las redes que cruzan 14 millones de hogares, mientras las otras pasan sin ver.

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