Precisan reglas de apoyo a deudores

Los bancos que decidan continuar con la ayuda a sus clientes podrán otorgar descuentos de la mensualidad de hasta por 25%
Economía -
Gráfico: Jesús Sánchez
Gráfico: Jesús Sánchez

CIUDAD DE MÉXICO.

Las personas podrán saldar sus créditos bancarios con descuentos de hasta 25% en sus pagos mensuales, lo que implicará que se amplíe el plazo remanente 50%, gracias a las facilidades para reestructurar un financiamiento que presentó la Secretaría de Hacienda y Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a finales de septiembre.

De acuerdo con el órgano regulador, esta disposición forma parte del plan de apoyo que ha otorgado la banca comercial a los clientes que se vieron afectados económicamente por la pandemia del coronavirus.

Sin embargo, las instituciones de crédito no están obligadas a ofrecer este beneficio, por lo que cada persona debe acudir con su entidad financiera para encontrar una solución a su falta de liquidez.

En el caso de que un banco acepte reestructurar los créditos de sus usuarios utilizando las nuevas facilidades regulatorias, deberán reducir en 25% los pagos periódicos del financiamiento, siempre y cuando el plazo de la reestructura sea de 48 meses. Si el crédito excede este lapso, la disminución del pago será del 20 por ciento.

Para los créditos de pago único de principal al vencimiento y pagos periódicos de intereses, la reducción en la mensualidad será de 25% cuando el plazo de la reestructuración sea de hasta 12 meses y si se excede la disminución de la mensualidad será de 15 por ciento.

En los créditos a la vivienda, la reducción es de 25% siempre y cuando el plazo sea de hasta 15 años, en tanto que si se pasa de ese tiempo se ubicará en 15 por ciento. En el caso de los microcréditos, se harán reducciones de 25% en los financiamientos de hasta seis meses y de 20% si el plazo es mayor.

Para los usuarios de tarjeta de crédito se harán reducciones de 25% respecto del pago mínimo aplicable sin considerar pagos vencidos, comisiones, sobregiros, siempre y cuando se hubiera dispuesto de hasta 20% de la línea de crédito autorizada; y de 20% si se hubiera dispuesto más de ese monto. La ampliación máxima del plazo es de 60 meses.

Será discrecional para las instituciones de crédito otorgar quitas, condonaciones, bonificaciones o descuentos, pero en todo caso, las mismas deberán incentivar el pago de los créditos que sean restructurados o renovados. Las Facilidades Contables Covid no tendrán aplicación retroactiva”, informó la CNBV.

El organismo, además, destacó que los bancos no podrán establecer el cobro de ninguna comisión por motivo de renovación o de restructura.

¿CALIFICA MI CRÉDITO?

Las facilidades regulatorias temporales podrán ser aplicables a los créditos que hayan sido otorgados a más tardar al día 31 de marzo de 2020, y que estén contabilizados como vigentes a esa fecha y cuyo pago, a más tardar al día 31 de enero de 2021, se haya visto afectado con motivo de la epidemia.

De acuerdo con la CNBV las reestructuras deberán quedar debidamente formalizadas antes del 31 de enero de 2021, además de que cada una de ellas deberá estar sustentada en la evaluación de la capacidad de pago del acreditado para liquidar el crédito en el plazo previsto en la restructura correspondiente, debidamente justificada y documentada.

 

Imagen intermedia

Juan Pablo Graf Noriega, presidente de la CNBV. Foto: Especial

 

HISTORIAL CREDITICIO

Los financiamientos que se reestructuren y estén al corriente no tendrán ninguna marca en las sociedades de información crediticia; aquellas con créditos vigentes, pero con atrasos, tendrán una marca “suave” y los vencidos, que cayeron desde el 31 de marzo, tendrán la misma marca.

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