Nuevo revés a cambios del sector de energía

Juez otorga suspensión definitiva a eliminación de regulación asimétrica
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La suspensión definitiva fue otorgada a la empresa Process Fuel. Foto: iStock
La suspensión definitiva fue otorgada a la empresa Process Fuel. Foto: iStock

CIUDAD DE MÉXICO.- El juez Segundo de Distrito en materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Juan Pablo Gómez Fierro, suspendió de manera definitiva el decreto por el que se elimina el artículo 13 transitorio de la Ley de Hidrocarburos y con ello la regulación asimétrica en el mercado de combustibles que ponía un techo de dominancia a Petróleos Mexicanos (Pemex).

La suspensión definitiva fue otorgada a la empresa Process Fuel, sin embargo, en el documento con número de expediente 1855/2021, se menciona que la decisión tiene efectos generales, es decir, no solo protege a la quejosa, sino al resto de los participantes del mercado a fin de no afectar la competitividad del sector.

El restablecimiento provisional de la regulación asimétrica impuesta a Petróleos Mexicanos no podría tener como único destinatario a la quejosa, sino que impactaría necesariamente en todos los participantes del mercado de hidrocarburos, petroquímicos y petrolíferos. Dicho en otras palabras, por la propia naturaleza de las normas cuestionadas, es lógico que el efecto de la suspensión implica necesariamente el restablecimiento provisional de la regulación asimétrica que tenía por objeto limitar el poder dominante de Pemex.

Con el decreto, que fue publicado por el gobierno federal el pasado 19 de mayo, se eliminó el artículo transitorio décimo tercero de la Ley de Hidrocarburos, esto como parte de los cambios que se aprobaron a la normatividad y con los que se busca dar un mayor apoyo a Pemex para que recupere su preponderancia en el sector, aun cuando mantiene cerca del 60% del mercado de combustibles.

Ante esto, el juez Juan Pablo Gómez Fierro, aseguró que los argumentos del gobierno son “infundados” y por ello otorga la suspensión de manera proporcional “en relación con las consecuencias jurídicas o de hecho que producen los actos reclamados”.

Por ello, ordenó dar continuidad a la normatividad vigente antes del decreto, pues ello evita que se impida el desarrollo eficiente de los mercados de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, lo cual, no solo repercutirá sobre la empresa quejosa, sino de todos los participantes de estos mercados y, principalmente en los consumidores.

Esta decisión también se toma en un contexto en el que, dentro del actual sistema de control judicial de leyes, el juicio de amparo es la única vía para obtener la suspensión de la legislación reclamada.

Por Nayeli González

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