Colegio de Contadores Públicos de México A.C.

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6 May, 2013

Cambios en el SIPRED 2012

C.P.C. Julio Ortíz Guerrero

En 1959 nació el dictamen fiscal, el cual se entregaba en papel a la vez que los estados financieros se presentaban de acuerdo con la normatividad contable y la autoridad fiscal solicitaba el llenado de ciertos anexos con información fiscal. Hoy en día el Servicio de Administración Tributaria (SAT) solicita a los contribuyentes cada vez más información con el propósito de verificar el correcto y oportuno cumplimiento de las disposiciones fiscales. Ahora la autoridad solicita que el dictamen se presente de acuerdo con lineamientos establecidos por ella y utilizando el programa denominado SIPRED 2012.

A continuación haremos una breve reseña sobre algunos de los aspectos relevantes en el llenado y presentación del SIPRED 2012.

Sujeto Obligado u Optativo del dictamen fiscal.

1.- Identificar si el contribuyente se encuentra obligado u opta por presentar el dictamen de acuerdo a las disposiciones establecidas en el artículo 32 A del Código Fiscal de la Federación.

2.- En el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de marzo de 2012, le permiten a los obligados a dictaminarse que hayan obtenido ingresos hasta 40 millones  de pesos el no presentar el mencionado dictamen. Para ello, en la declaración anual del ejercicio 2012 debió marcarse con una “X” tal opción.

3.- Informar al contribuyente que la presentación del mismo es una responsabilidad de él y no del contador público registrado ante las autoridades fiscales, independientemente de quien físicamente capture los datos en el SIPRED, conforme a lo señalado en las disposiciones fiscales aplicables al periodo de envío al SAT se encuentra en la regla II.2.11.2 de la Resolución Miscelánea 2013, publicada en el DOF el 28 de diciembre 2012 y su fecha límite es el 1 de julio de 2013.

4.- De los anexos que contiene el archivo del dictamen fiscal, los que son responsabilidad del contador público se describen a continuación:

a) El dictamen propiamente dicho.

b) El informe sobre la situación fiscal.

c) El cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del CPR).

d) El cuestionario en Materia de Precios de Transferencia (Revisión del CPR).

Todos los demás son responsabilidad de la administración del contribuyente y los auditores sólo realizamos pruebas sobre la información asentada en ella con base en nuestros alcances, experiencia profesional y evaluación del control interno de la empresa.

Obtención del programa SIPRED y de la plantilla correspondiente.

El programa se obtiene en la dirección electrónica del SAT  http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/sipred/default.asp.

Para el uso del programa es necesario descargar la plantilla para cada contribuyente, siguiendo las instrucciones que da el software. En el caso de los estados financieros generales, la plantilla que debe usarse es la señalada como versión 2.

La captura de los datos podrá hacerse mediante cualquiera de las siguientes opciones:

1.- Capturando directamente en la plantilla.

2.- Utilizando una nueva herramienta llamada hoja de trabajo, la cual permite transferir de esta hoja a la plantilla de SIPRED, ya sea por cada índice o por grupo de índices.

Otra facilidad de esta herramienta es que no tiene restricciones para el uso de Excel y por tanto se pueden hacer vínculos, cruces, uso de fórmulas y macros con los papeles de trabajo de la auditoría y después transferir a la plantilla SIPRED.

3.- Copiando y pegando por secciones desde cédulas de trabajo diseñadas por cada CPR o contribuyente.

4.- Otra característica nueva del software es la forma en que se nombran los archivos; para la versión 2012 la terminación es XSPR mientras que en 2011 era XLSX.

5.- Hubo modificaciones en los cuestionarios sobre datos generales de diagnóstico fiscal (revisión del CPR), como en el de precios de transferencia.

6.- En el informe sobre la situación fiscal se debe describir cualquier diferencia encontrada en la revisión, independientemente de su materialidad o no, desde una diferencia de un peso hasta millones, el instructivo obliga al contador público a señalar la forma en que se realizó la prueba y cómo determinó la diferencia.

Cambios en la normatividad de los auditores en México.

Además de los cambios propios del programa, es importante recordar que durante 2012 los auditores en México debimos cumplir por primera vez con las Normas de Auditoria Internacionales, ello tiene implicaciones tanto en la forma en que se redacta el dictamen, como en el informe de la situación fiscal y en la forma en que se hace y documenta la auditoría de estados financieros.

Asimismo, otros cambios que impactan el dictamen fiscal 2012 son las modificaciones a las leyes en el país que tienen consecuencias como la nueva regulación de la subcontratación de personal. ¿Se calcula PTU en las empresas operadoras o solamente en lo insourcing o en el outsourcing? También la emisión de los criterios del SAT en la forma de documentar las operaciones entre partes relacionadas, celebradas por residentes en México, tiene efectos en la revisión de estas operaciones por el contador público.

Debido a las limitaciones propias de este tipo de documento, no es posible ahondar en las implicaciones que tienen estos cambios en la emisión de un dictamen fiscal, sin embargo invitamos a nuestros colegas a asistir al curso Dictamen Fiscal Federal —Caso Práctico SIPRED 2012— el próximo 8 de mayo, que se impartirá en las instalaciones de la Sede Sur del Colegio de Contadores Públicos de México, y que servirá para intercambiar opiniones y experiencias que nos hagan efectuar una auditoría con la calidad acostumbrada y que el dictamen fiscal sea un producto más de la revisión a los estados financieros.

Este artículo refleja la opinión del autor y no necesariamente del Colegio.

* Integrante de la Comisión de Auditoría Fiscal del Colegio de Contadores

Públicos de México.

relacionespublicas@colegiocpmexico.org.mx

Aclaración:
El contenido mostrado es responsabilidad del autor y refleja su punto de vista.