Colegio de Contadores Públicos de México A.C.

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10 Jun, 2013

Los Dictámenes del Contador Público en materia de Seguridad Social

C.P.C. Miguel A. Castellanos Cadena*

El Contador Público Independiente (CPI) ha sido reconocido por la sociedad y por los usuarios de la información financiera, principalmente por la opinión que emite respecto de la revisión efectuada a los estados financieros de una entidad.

Con el paso del tiempo, y motivados por la confianza adquirida, se requirió también la participación del CPI en temas diversos dentro de las empresas, algunos de éstos referentes al cumplimiento de obligaciones de seguridad social con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Inofonavit).

En estas dos áreas comenzó a incursionar el CPI con la emisión de su dictamen respecto del cumplimiento de las obligaciones establecidas en las leyes respectivas.

Para efectos del IMSS, el dictamen inició de manera opcional hace ya varios ayeres (y hasta el año 2002) y determinándose obligatorio a partir del año 2003 para aquellos patrones que tuvieran 300 o más trabajadores promedio en el ejercicio fiscal inmediato anterior (artículo 16 de la Ley del Seguro Social y 152 del Reglamento de la Ley de Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de las Empresas, Recaudación y Fiscalización), mientras que para el Infonavit, el dictamen ha mantenido siempre el carácter de optativo (fracción VIII segundo párrafo del artículo 29 de la Ley del Infonavit).

Con el paso del tiempo, la emisión de estos dictámenes ha sufrido diversos cambios, algunos en aspectos normativos, otros en cuanto al formato y manera de presentación ante los dos institutos.

En el aspecto normativo puedo comentar que la necesidad de emitir estos dictámenes se generó al amparo de las entonces Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGA’s); posteriormente, nuestros organismos normativos observaron que este tipo de servicios deberían de tener un marco de referencia específico.

Con este planteamiento, y después de varios periodos de revisión y auscultación, surgen las Normas de Atestiguamiento (NA). Es importante señalar que las NA mantienen, en términos generales, los planteamientos de las NAGA’s relativos a las capacidades del CPI, a la ejecución de su trabajo y al informe que debe rendir.

Aún cuando en las leyes y reglamentos del IMSS e Infonavit (respecto de este tipo de dictámenes) no han sido modificadas, los instructivos para su llenado y presentación ya hacen mención a las NA y los formatos de opinión han sido modificados, de tal manera que se mencione la normatividad aplicable.

Por lo que respecta al formato de anexos de los dictámenes, en el transcurso de los años éstos han tenido cambios de forma y adecuación a ciertas necesidades de información; sin embargo, partiendo de la base de cambio en la normatividad, desde hace por lo menos un par de años atrás se observó también la necesidad de que los formatos fueran modificados, de tal manera que después de un arduo trabajo por parte de los dos institutos y con la participación en diversos momentos de las Comisiones Representativas ante Organismos de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México y del Instituto Mexicano de Contadores, se han hecho cambios a los anexos de ambos dictámenes.

Los nuevos formatos de anexos de dictamen del Infonavit ya fueron publicados en la página web del Instituto, mientras que los nuevos anexos del dictamen del IMSS fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el pasado 8 de mayo de 2013. Por lo anterior, ambos dictámenes del ejercicio 2012 deberán de presentarse en los nuevos formatos.

Respecto a la presentación de los dictámenes, ambos se exhiben actualmente en papel en las subdelegaciones correspondientes al domicilio fiscal de los patrones, pero a lo que respecta al IMSS existe la opción, desde septiembre de 2011, de presentar el dictamen por medios electrónicos a través del Sistema Único de Presentación de Dictamen por Internet (Sudinet), el cual permite que la presentación del aviso de dictamen y hasta el propio dictamen se pueda realizar a través de medios electrónicos; aún existen algunos procesos derivados del dictamen que tienen que ser entregados o por medio de papel (algunos de ellos son movimientos de altas, bajas, modificaciones de salario y pagos derivados del dictamen), pero los funcionarios del instituto siguen trabajando en mejoras diarias.

Por lo que respecta al Infonavit , hasta antes del 30 de diciembre de 2009 existía el Sistema de Cumplimiento de Obligaciones Patronales (SICOP), a través del cual se presentaba el dictamen respective; sin embargo, comenzó a tener deficiencias en su operación por lo que, por situaciones de infraestructura institucional, dejaría de operar hasta que fuera funcional.

Al día de hoy, el Instituto tiene avances importantes para presentar en un corto plazo por medios electrónicos.

En referencia a este último párrafo quiero hacerles la invitación para asistir al curso denominado Dictamen IMSS e Infonavit por medios electrónicos que se impartirá el próximo 13 de junio de 2013 en las instalaciones de la Sede Sur del Colegio de Contadores Públicos de México, con la participación de funcionarios de ambos institutos, quienes nos darán mayores detalles de sus sistemas.

Para mayores informes, visiten la página de internet del Colegio www.ccpm.org.mx en la sección de Cursos.

 

Este artículo refleja la opinión del autor  y no necesariamente del colegio.

*Presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México.

relacionespublicas@colegiocpmexico.org.mx

Aclaración:
El contenido mostrado es responsabilidad del autor y refleja su punto de vista.