David Páramo

Análisis superior

David Páramo

24 Feb, 2014

Explicaciones pertinentes

Mientras que, por un lado, el Instituto Federal de Telecomunicaciones falló a favor de la alianza entre MVS y Telmex sobre la retransmisión de señales de televisión abierta, los propios comisionados reconocieron que los contratos revelados la semana pasada no son del conocimiento de la autoridad y anunciaron que realizarían una investigación para determinar hasta dónde llegan y si implicarían violaciones a su título de concesión.

Luego de reconocer la existencia de estos contratos, Telmex y MVS han señalado en comunicados de prensa que se trata de información que no sólo era conocida por los reguladores, sino también por los mercados internacionales y además consideran que se están sobredimensionando.

Desde 2008 se ha cuestionado el fondo de estos contratos tanto ante la Comisión Federal de Competencia, así como de la Cofetel y ahora ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones, puesto que en caso de ser ciertos se estaría violando el título de concesión en el que se lee: “Telmex no podrá explotar directa o indirectamente ninguna concesión de servicios de televisión al público en el país”.

Se trata de una disputa que se remonta a finales de 2008, cuando MVS y Telmex anunciaron que habían llegado a un acuerdo a través del cual la empresa de telefonía daría servicios de facturación y cobranza para MVS en el sistema Dish.

En su oportunidad, las gestiones de Héctor Osuna y Mony Sacha de Swaan en la desaparecida Comisión Federal de Telecomunicaciones fueron omisas en clarificar este asunto, a pesar de la advertencia de algunos comisionados.

Advertencias

El 8 de diciembre de ese año Gonzalo Martínez Pous, que recién había asumido como comisionado de Cofetel, envió un oficio a Guillermo Martínez Moreno, quien se desempeñaba como jefe de Unidad de Verificación y Supervisión, en el cual decía haber recibido denuncias presentadas por la Cámara Nacional de la Industria de Telecomunicaciones por Cable y de Megacable en la que “hacen del conocimiento de esta comisión presuntas violaciones por parte de Telmex y Dish México a sus respectivos títulos de concesión, así como a diversas leyes, normas y disposiciones en materia de telecomunicaciones”.

Refiere que en octubre de 2008 el director general de supervisión de la Cofetel comunicó a Telmex que “la celebración de cualquier acto o contrato directamente relacionado con el objeto de su concesión deberá ser previamente autorizado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes o esta comisión (Cofetel)”.

Martínez Pous hizo en ese oficio dos consideraciones jurídicas:

Primera. Recuerda que la Cofetel tiene atribuciones para supervisar que los concesionarios cumplan con las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en materia de telecomunicaciones.

Segunda. Pide que se verifique si Telmex está cumpliendo con su título de concesión, que le impide dar directa o indirectamente servicio de televisión al público en el país.

En ese mismo numeral recordó que en el 2-9 del título de concesión se lee: “Queda prohibida a Telmex la realización de actos, convenios, acuerdos o combinaciones que tengan por objeto constituir ventaja exclusiva indebida a su favor o de otras personas o que tiendan al monopolio de mercados complementarios a los servicios concesionados”.

También recuerda que la condición 4.4 del título de concesión de Dish México se establece que “los sistemas de facturación del concesionario deberán estar físicamente ubicados dentro del territorio nacional y deberán ser aprobados por la comisión previamente a su utilización”.

Omisiones

Este oficio, con más de cinco años de haber sido publicado, sigue siendo el fondo de las dudas que hoy se pide al IFT que resuelva con gran premura.

Será necesario investigar por qué estas dudas planteadas por las vías oficiales no fueron atendidas en las dos últimas gestiones de la Cofetel y algunos funcionarios de esa comisión.

El viernes le recordamos que hubo actos que podrían considerarse de protección a esta asociación, como el despido fulminante que ordenó el entonces secretario técnico de la Cofetel, José Mena, del director de supervisión en tiempos de Osuna, Fernando Gay.

Hubo otros intentos por clarificar el asunto que siempre se estrellaron con la posición de los presidentes de la Cofetel (Osuna y Mony Sacha) quienes tenían facultades para frenar o impulsar estos asuntos, incluso en contra de los comisionados.

Sin embargo, esta malla protectora también funcionó en la Comisión Federal de Competencia, donde inexplicablemente Eduardo Pérez Motta, quien tenía secuestrados a todos los comisionados, omitió realizar cualquier investigación sobre la dominancia que podría tener Telmex con su convenio con Dish.

Consecuencias

Independientemente de la decisión que tomó el viernes el instituto presidido por Gabriel Conteras, será necesario investigar si hubo omisiones por parte de servidores públicos o cuáles fueron los motivos para que no clarificaran el tema, a pesar de las advertencias hechas debidamente por comisionados como Martínez Pous.

Hay quienes tienen una gran urgencia por exigir al IFT que resuelva sobre este asunto en particular, cuando fueron particularmente dóciles cuando la Cofetel y la CFC no clarificaron a satisfacción de nadie estos asuntos.

Si lo hicieron y conocían los documentos revelados la semana pasada habría que preguntar por qué hay excomisionados que se llaman sorprendidos por las recientes revelaciones, puesto que aseguran no conocer esta información.

Faltantes

Hay posibilidades de que Gastón Azcárraga sea aprehendido pronto y que tras un rápido proceso de extradición venga a México no sólo para responder sobre las acusaciones de la Procuraduría General de la República, sino por algunas otras que han presentado acreedores, extrabajadores y otras autoridades.

Sin embargo, él no actuó solo. El consejo de administración de Mexicana de Aviación conocía detalladamente las acciones que cometían también administradores como Manuel Borja y asesores como Arturo Barahona.

Hay indicios, que le hemos informado desde hace cuatro años, según los cuales las decisiones del consejo de administración que resultaron ruinosas eran operadas por ellos, pero se hacía a funcionarios, en algunos casos menores, que las firmaran para intentar evadir la responsabilidad en que efectivamente incurrieron los miembros del consejo de administración y funcionarios del primer nivel.

Ya en alguna causa jurídica los consejeros la libraron; sin embargo, parecería que sólo pudieron hacerlo esa vez, puesto que lo hicieron más por temas de forma que de fondo.

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