Rodrigo Pérez-Alonso

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Rodrigo Pérez-Alonso

3 Feb, 2016

Riesgos y redes

La tensión de fuerzas entre los objetivos de política pública diseñadas por entes de la administración pública y los objetivos comerciales de las empresas privadas siempre son fuente de diferencias. Pareciera que la narrativa del gobierno y las empresas es diametralmente diferente y aún más cuando se trata de proyectos de infraestructura de gran envergadura.

Mientras el gobierno cae generalmente en la lentitud de decisiones y sus incentivos son distintos, en las empresas los incentivos son casi siempre comerciales y su dinámica de decisiones es más rápida. Los riesgos siempre son diferentes para una y otra. Es por ello interesante el nuevo esquema de asociaciones público privadas que en 2012 fue institucionalizado en la Ley de Asociaciones Público Privadas para compartir y balancear esos riesgos.

Es por ello que ahora es interesante el uso de este esquema legal para el sector de las telecomunicaciones a través de la llamada red compartida. Desde su privatización en los años 90, ha sido tradicionalmente operado por empresas privadas (p.e. América Móvil, Telefónica, AT&T), sujetas a regulación por parte de órganos como el Instituto Federal de Telecomunicaciones, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Comisión Federal de Competencia Económica. Sin embargo, con la red compartida, el Gobierno entrará de lleno aportando importantes activos para que una empresa opere una masiva red pública de telecomunicaciones sujeta de complicaciones que, en esta industria, pocos países o gobiernos han experimentado.

Conforme al mandato constitucional, la SCT publicó hace unos días las bases del concurso público de esta red, iniciando un largo proceso de posible coinversión con el sector privado. Bajo este esquema, el Gobierno proporcionará hilos de fibra óptica y 90 MHz de espectro radioeléctrico para la operación de una red mayorista de telecomunicaciones que iniciará sus actividades al menos en 2018.

Sin embargo, de acuerdo con las bases y el modelo de contrato de APP, llaman la atención sobre todo la carga de riesgos que tendrá que llevar el posible ganador de este concurso, entre los que destacan las obligaciones regulatorias, licencias y permisos, derechos de vía, concesión y riesgos financieros. A su vez, deberán cumplir con barreras de entrada significativas al concurso como la enorme garantía de seriedad, la disponibilidad del fondo de cobertura, aportación a un fideicomiso y demás complicaciones financieras que le permitirán únicamente a empresas muy grandes o consorcios de empresas con la capacidad financiera y regulatoria.

Además de estos riesgos y costos financieros, el desarrollador deberá de asumir los riesgos regulatorios y políticos determinados por la incertidumbre de los plazos del desarrollo y operación del proyecto. Un proyecto de esta naturaleza siempre está sujeto a los cambios de opinión de los nuevos actores del gobierno o los órganos reguladores. Además de ello, casi todas las obligaciones contractuales y penas convencionales las tendrá el privado.

Sin duda la tarea de este esquema será monumental y por ello fundamental que los riesgos y cargas financieras no la aplasten por su propio peso.

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