Utilidades

El reparto de utilidades es un derecho constitucional para las personas que presenten un trabajo personal subordinado a una persona física o moral, cualquiera que sea el acto que le de origen mediante el pago de un salario.

  • ¿Quiénes reciben utilidades?

    Los trabajadores, extrabajadores eventuales o exempleados de planta, cuando hayan laborado un mínimo de 60 días durante el año.